Con las nuevas posibilidades de instalación de generación eléctrica que se han abierto en nuestro país, la combinación de «passivhaus y el autoconsumo» resulta un objetivo real, sencillo y alcanzable para futuros propietarios de casas pasivas.
Certificación passivhaus, imprescindible
En MadridArquitectura siempre recomendamos y pedimos al cliente que exija la certificación Passivhaus de su vivienda. Esta certificación es la única garantía que tiene el futuro propietario/inquilino de que la suya es realmente una vivienda Passivhaus y funciona como tal. Es decir, cumpliendo todos los requisitos del estándar no solo en el “papel” sino también en la realidad.
Es importante señalar que la certificación passivhaus la otorga una empresa certificadora externa. Esta empresa no pertenece al equipo de desarrollo del proyecto ni a la constructora. Sigue el curso del edificio o vivienda desde el proyecto hasta el final de la construcción de una manera continuada durante todo el proceso.
¿A qué tipo de certificación puedo optar?
Para poder certificar el edificio o vivienda passivhaus deberá cumplir los criterios establecidos para casa pasiva. Estos criterios son relativos a la demanda de calefacción, de refrigeración, hermeticidad y demanda de energía primaria renovable:
Ilustración 1: Criterios de casa pasiva. Fuente: Passive House Institute
Si quieres saber más sobre los criterios directos de certificación o sobre los criterios indirectos de certificación puedes consultar nuestro blog.
Existen tres tipos de certificaciones en función de la demanda global de energía primaria renovable y de la generación de energía renovable.
- Passivhaus Classic: la demanda de energía primaria renovable será de 60 kWh/m²a como máximo.
- Passivhaus Plus: la demanda de energía primaria renovable será menor a 45 kWh/m²a. Mientras que la Generación de energía renovable será al menos 60 kWh/m2 (huella proyectada del edificio)
- Passivhaus Premium: la demanda de energía primaria renovable será menor a 30 kWh/m²a. Generación de energía renovable será al menos 120 kWh/m2 (huella proyectada del edificio)
Ilustración 2:Tipos de certificación passivhaus Fuente: passipedia.org
Quiero tener generación de energía, pero ¿cómo lo contempla la normativa española?
La generación de energía renovable en nuestra vivienda es un complemento ideal para una vivienda que cumpla los estándares passivhaus. Además nos encamina a la transición energética. Al tener estos edificios/viviendas unas demandas energéticas muy bajas la posibilidad de funcionar únicamente con energía renovable se hace más realista y alcanzable.
Es por esto que una instalación de autoconsumo de energía eléctrica se convierte en una aspiración real en muchos futuros propietarios de viviendas Passivhaus.
Normativa española de autoconsumo
En España, hasta octubre de 2018, las modalidades de autoconsumo eran más complejas. Acarreaban más impuestos y peajes y disponían de condiciones administrativas enrevesadas. Desde finales del año pasado, esto ha cambiado con dos hitos clave:
En Octubre de 2018 se aprobó el Real Decreto Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores . Este modifica el apartado de Autoconsumo de electricidad de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Posteriormente en abril de 2019 se aprueba el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica .
Actualmente, según esta reglamentación, se distinguen dos modalidades de autoconsumo:
- Autoconsumo sin excedentes: Esta situación no permite el vertido de energía a la red eléctrica. Exige la instalación de un equipo antivertido. En este caso solo existirá un sujeto, el consumidor.
- Autoconsumo con excedentes: . Cuando las instalaciones de generación puedan, además de suministrar energía para autoconsumo, inyectar energía excedentaria en la red. En estos casos existirán dos tipos de sujetos, el sujeto consumidor y el productor. En esta opción los excedentes podrán ser compensados siempre que el consumidor y el productor opten por acogerse a este mecanismo.
Otro datos de interés
Además, el autoconsumo podrá clasificarse en individual o colectivo. Esto dependerá de si se trata de uno o varios consumidores los que estén asociados a las instalaciones de generación.
Para la simplificación administrativa se crea en el Ministerio para la Transición Ecológica el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica. Este registro será telemático, declarativo y de acceso gratuito. En la modalidad con excedentes, para producciones menores a 100kW de potencia asociada no será obligatorio la inscripción en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica
Ya hemos comentado que se simplifican también los trámites y la legalización. En la modalidad sin excedentes con potencia instalada de menos de 100kW se someterán exclusivamente a los reglamentos técnicos correspondientes. Por ejemplo, las instalaciones de autoconsumo conectadas en baja tensión se ejecutarán de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
Como frase estrella del Real Decreto nos quedamos con esta:
“La energía autoconsumida de origen renovable, cogeneración o residuos estará exenta de todo tipo de cargos y peajes”
Tan sólo los excedentes producidos por las instalaciones de autoconsumo deberán pagar los peajes que correspondan por el uso de la red de distribución del mismo modo que lo hacen las instalaciones de producción.
Passivhaus y autoconsumo ¿Conclusión?
Como conclusión final, este Real Decreto nos abre más posibilidades de autoconsumo para combinar con una vivienda Passivhaus. Podrá ser una instalación aislada con baterías, de autoconsumo sin excedentes, vertiendo los excedentes a la red, con una instalación compartida… y optando además a la certificación Plus o Premium.
Sin duda una combinación ganadora.