La rehabilitación energética de edificios se ha convertido en una necesidad cada vez más acuciante, dada la dependencia energética de España del exterior y el alto precio de la energía.
Claves para la rehabilitación energética
En MadridArquitectura recomendamos empezar por el “Estudio Energético de la vivienda”.
El estudio energético es un trabajo previo a la rehabilitación energética, que hacemos para saber en qué situación se encuentra la vivienda. Como en cualquier aspecto de la vida, hay que saber qué es lo que “falla” para poder corregirlo.
La vivienda se estudia en el software de simulación energética de passivhaus PHPP, introduciendo todos los datos constructivos y de instalaciones. De esta forma obtenemos datos reales y numéricos de cuánta energía se pierde y de por dónde se pierde. Se analiza cada mejora energética de forma individual, así como su repercusión energética. Con esto, se realiza un plan de acción sobre las mejoras energéticas a realizar, priorizando aquellas zonas con más pérdidas de energía.
Este estudio refleja la situación actual de la vivienda y las zonas que sufren más pérdidas energéticas. Se establecen distintas opciones de mejora adaptando el plan de acción al mayor ahorro energético y más ventajoso económicamente. Con estos datos la propiedad sabrá por dónde empezar con la rehabilitación energética de su vivienda.
1. Se modeliza en 3D el edificio en su estado actual y se analiza su comportamiento energético con software específico de simulación energética (PHPP en el caso de criterios Passivhaus).
2. Se introducen medidas para mejorar el comportamiento energético del edificio y se analiza la repercusión de cada una de ellas de manera individualizada. De esta forma, podemos introducir variantes para optimizar al máximo el edificio y para actuar sólo en los aspectos más importantes y ventajosos económicamente.
¿Por qué invertir en rehabilitación energética?
Mayor confort
y calidad de vida
Gran ahorro
en facturas de energía
¿Qué tipo de rehabilitación podemos hacer?
1. Constructiva
Actuando sobre los elementos constructivos del edificio, principalmente sobre su envolvente térmica.
2. de Instalaciones
Con sustitución, renovación, mejora o apoyo de las instalaciones dotando al edificio de energías renovables (solar térmica, fotovoltaica, eólica o geotérmica, principalmente).
Reformas
En Madrid Arquitectura le ofrecemos rehabilitación energética puntual o integral para cualquier tipología de edificio
- Asesoramiento en materia energética para evaluar posibilidades de rehabilitación energética de cada edificio, comunidades de vecinos y propietarios de inmuebles públicos y privados.
- Análisis de posibilidades aportando las soluciones más adecuadas en cada caso.
- Valoración económica y de ahorro.
- Ejecución de la rehabilitación.
- Seguimiento de control para comparar los resultados de los beneficios obtenidos respecto a la situación origen.
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Certificado Energético
Un certificado energético es un estudio de un inmueble (piso, nave, local, vivienda, oficina, etc.) para conocer cómo se comporta energéticamente, realizado por un profesional cualificado para ello (técnico competente). Lo que se estudia son las características de los elementos constructivos para saber cuánta energía se «pierde» o se «gana»a través de ellos, ya que ello nos indica cuanta energía de calefacción o de refrigeración tendremos que aportar para conseguir el nivel de confort correspondiente a su uso.
Todo lo que es se define en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Todo propietario de un inmueble (edificio existente) en el momento de su venta o alquiler, para conocer cuál es la calificación energética de su inmueble. En el caso de obra nueva este certificado se realiza en el proyecto y se confirma una vez ejecutada la obra.
Cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos, el certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y se entregará al comprador o nuevo arrendatario, en los términos que se establecen en el Procedimiento básico del RD 235/2013.
Por un lado se aporta valor al propio inmueble cuanto mejor sea su calificación energética. Por otro lado, sirve para saber qué medidas se pueden y deben adoptar para mejorar el comportamiento energético del inmueble y así ahorrar en el gasto energético el resto de la vida útil del edificio o inmueble del que se trate.
El certificado de eficiencia energética del edificio debe presentarse, por el promotor, o propietario, en su caso, al órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de certificación energética de edificios, para el registro de estas certificaciones en su ámbito territorial.
Según el propio RD 235/2013, se define de la siguiente forma:
No exactamente, los edificios de consumo de energía casi nulo son una exigencia europea para todos los Estado miembros, y que afecta a todos los edificios nuevos que se construyan a partir del 31 de diciembre de 2020. Los requisitos mínimos que deberán satisfacer esos edificios serán los que en su momento se determinen en el Código Técnico de la Edificación. Todos los edificios nuevos cuya construcción se inicie a partir del 31 de diciembre de 2018 que vayan a estar ocupados y sean de titularidad pública, serán edificios de consumo de energía casi nulo.